Ingreso Mínimo Vital
Es la primera prestación económica estatal reconocida como derecho subjetivo y que depende del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Fundamentalmente se establece para familias sin recursos o bajos ingresos, pero también pueden acceder personas solas.
_Requisitos
- Tener más de 23 años y menos de 65 años.
- Residir de forma legal e ininterrumpida en España durante al menos el año anterior a la presentación de la solicitud.
- Para los solicitantes que viven solos, no integrados en una unidad de convivencia, se exige haber vivido durante al menos los 3 años previos a la solicitud de forma independiente de los progenitores.
- Cumplir las condiciones de vulnerabilidad económica que se establecen. La concesión de la ayuda dependerá del nivel de ingresos y del patrimonio de la persona que lo solicite y su unidad de convivencia.
- Se comprobará el patrimonio neto del solicitante, restando sus deudas, y sin tener en cuenta la vivienda habitual.
- Haber solicitado las pensiones y prestaciones alas que se pudiera tener derecho (excluidos salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de las comunidades autónomas).
- Estar inscritos como demandantes de empleo.
Se podrá seguir cobrando la prestación cuando tengamos un empleo precario, a través del sistema de “incentivos al empleo”, es decir, cuando los ingresos totales al añadir los del trabajo se sitúen entre el 60% y el 100% de la renta garantizada.
Y se puede solicitar, percibir o seguir cobrando si nos corresponde un subsidio de desempleo o lo estamos cobrando, ya que la cuantía del IMV es más elevada. Y son compatibles.
_Documentación básica
- DNI o NIE en el caso de extranjeros.
- Para acreditar la residencia legal: inscripción en el registro central de extranjeros, tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea o tarjeta de identidad de extranjeros.
- Para acreditar el domicilio: certificado de empadronamiento donde consten todas las personas empadronadas en el domicilio y la fecha de antiguedad. Este es uno de los requisitos de documentación que más problemas ha dado. En la última reforma del IMV, el gobierno ha anunciado que cruzará datos con los ayuntamientos para obtener la información del padrón de forma automática.
- Para acreditar la existencia de la unidad de convivencia: libro de familia, certificado de nacimiento del registro civil de los hijos, o inscripción en el registro de parejas de hecho.
_Duración
Se podrá cobrar la prestación hasta que se produzca algún incumplimiento de los requisitos o por extinción voluntaria.
_Solicitud
En las oficinas del INSS con cita previa, on-line.